INE Implementará Desafiliación de Candidatos que Infrinjan la Ley 8 de 8 Contra la Violencia de Género

26 de febrero del 2024

INE Implementará Desafiliación de Candidatos que Infrinjan la Ley 8 de 8 Contra la Violencia de Género

El Instituto Nacional Electoral (INE) anunció este lunes que descalificará a aquellos candidatos a puestos de elección popular en el proceso electoral de 2024 que hayan sido condenados por delitos vinculados a la violencia de género, en cumplimiento de la denominada "Ley 8 de 8 contra la violencia de género".


La consejera electoral Rita Bell López Vences destacó la importancia de esta medida, afirmando que su objetivo es "promover y fomentar una cultura de no violencia" hacia las mujeres. Esta iniciativa se formalizará a través de un acuerdo que el INE publicará el 29 de febrero, donde se revisarán las solicitudes de registro de todos los candidatos propuestos por los siete partidos políticos nacionales.


López Vences recordó que esta medida evoluciona de la "Ley 3 de 3 contra la violencia", implementada en el ciclo electoral 2020-2021, que impedía la candidatura de individuos condenados o sancionados por violencia familiar, agresión sexual o incumplimiento de obligaciones alimentarias, basándose en declaraciones de buena fe.


Para el ciclo electoral 2022-2023, se expandió la revisión a una muestra representativa de 1,177 candidaturas, colaborando con entidades de justicia para asegurar el cumplimiento de estos criterios. Esta revisión resultó en la cancelación de tres candidaturas.


De cara al proceso electoral 2023-2024, la "Ley 3 de 3" se ha transformado en la "Ley 8 de 8 contra la violencia", reflejando las reformas constitucionales aprobadas el 29 de mayo de 2023, que suspenden los derechos políticos de individuos condenados por delitos de violencia de género, según lo estipulado en las modificaciones a los Artículos 38 y 102 de la Constitución.

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